Muchas personas confunden estos dos términos, y es entendible considerando que a primera vista son similares.
Ambos casos involucran recibir un pago. Este beneficio financiero es en pos de reemplazar una parte de su ingreso en caso de sufrir una herida o enfermedad. En las dos opciones usted deberá encontrarse incapacitado para trabajar. Sin embargo, existen diferencias esenciales que distinguen al seguro por discapacidad y a la compensación laboral. A continuación, las distinguiremos por categorías.
Origen
Las compensaciones laborales surgen a raíz de un accidente o enfermedad que se produjo en el trabajo. Básicamente cubren gastos por los que el empleador es responsable. Los beneficios por discapacidad no tienen que tener su causa en una enfermedad o accidente que haya ocurrido en el trabajo.
¿Quién paga?
Los beneficios de seguro por discapacidad son cubiertos por el estado. El dinero sale de los aportes que usted realizó mientras trabajaba. En California, este programa se llama Seguro por Discapacidad del Estado (en inglés, State Disability Insurance (SDI))
Los beneficios de compensación laboral son cubiertos por su empleador.
¿Puedo recibir ambos?
Sí. Sin embargo, si bien en algunos casos es posible recibir ambos, el Departamento de Desarrollo y Empleo de California (enlace en inglés) explica que en la mayoría de los casos esto no ocurre. Si el monto semanal que recibe por compensación laboral es menor que su beneficio por discapacidad, entonces podría recibir la diferencia.
¿Cuál paga más?
Típicamente, los beneficios por seguro de discapacidad pagan menos que las compensaciones laborales. Las compensaciones laborales en general representan una cobertura más amplia (enlace en inglés). Un punto importante es que tienen que incluir los gastos médicos, cosa que los seguros por discapacidad no hacen.
Recuerde que los seguros por discapacidad pueden cubrir accidentes o enfermedades que no hayan tenido su origen en el trabajo. Su empleador inclusive puede llegar a recomendarle solicitar beneficios de seguro por discapacidad o beneficios por desempleo sin ser esto lo que en realidad le convenga más a usted.
Usted debe saber también que las compensaciones laborales no están sujetas a impuestos, mientras que los beneficios por discapacidad temporal o permanente sí lo están.
Le recomendamos asesorarse muy bien antes de tomar cualquier decisión respecto a la solicitud de beneficios por discapacidad o compensación laboral.